sábado, 22 de agosto de 2020

MOTIVO DE CONSULTA VS DEMANDA

Motivo de consulta vs Demanda

En la intervención asistencial entre profesional y paciente, la causa que ha estimulado al paciente a solicitar la visita se contempla como el motivo de consulta (Martinez, 2006). De hecho, se acepta que el motivo de consulta puede tener que ver con la clínica objetivable (interpretación que el paciente hace de su malestar, la dimensión manifiesta) pero también con una inquietud subjetiva que el paciente no sepa o atreva a manifestar (la percepción subjetiva, la dimensión latente).

¿Dónde reside la distinción entre motivo de consulta con respecto a la demanda? En tanto que el motivo de consulta podría limitarse a la descripción de un conjunto de signos, síntomas o problemas de naturaleza objetiva, la demanda acontece a la transitividad, supone la expresión de un deseo. En psicología, el motivo de consulta debe poderse reformular en otra expresión que sea practicable, es decir, en una demanda (Tizon, 1992; Cervilla, 1999; citados en Villegas, 1996).

La demanda viene formulada mediante un discurso en términos acuñados por el paciente e incluso, a menudo, no pragmáticamente apropiados; en la mayoría de los casos se hace necesaria una reformulación (Villegas, 1996). La demanda sugiere la petición explícita de ayuda por parte del paciente. Para algunos autores (Carli, 1990; citado en Villegas, 1996) el análisis de la demanda se convierte en el núcleo central de trabajo; para otros autores (Villegas, 1996) el análisis de la demanda constituye el análisis preliminar para la psicoterapia.

La demanda permite trazar los límites de la intervención y, paralelamente, empezar a elaborar sobre el imaginario del paciente y las expectativas. Ahora bien, requisito indispensable el cumplimiento de ciertas condiciones para poder discurrir en el acuerdo tácito entre profesional y paciente: predisposición y apertura por parte del paciente, así como voluntad de cambio / motivación, y actitud colaborativa por par ambas partes.

Llegados a este punto, necesario percatarnos como terapeutas de la voluntad para el cambio del paciente con respecto de la propia. A menudo, actuamos la intervención desde la proyección de un “posible cambio” que quizás ni el paciente ha llegado a considerar.


Referencias:

  • Martínez, P. (2006) Del motivo de consulta a la demanda en psicología. Revista de la Asociación Española de Neuropsiquiatría, XXVI(97); 53-69.
  • Villegas, M. (1996) El análisis de la demanda. Una dobles perspectiva, social y pragmática. Rev. de psicoterapia,VII(26-27); 25-78. 

sábado, 8 de agosto de 2020

INTERSECCIONALIDAD

Interseccionalidad

La interseccionalidad se ha convertido en el lienzo de confluencia entre las condiciones sociales como factores de vulnerabilidad y las condiciones sociales de poder.

según refieren Mora y Bautista (2014), el estigma estructural constituye un concepto de gran utilidad para el abordaje de los grupos sociales que presentan múltiples condiciones de vulnerabilidad, en los cuales intervienen diversos determinantes sociales que se interrelacionan y se expresan en inequidades sociales en el acceso a la salud. Uno de estos determinantes, el género, constituye una variable transversal de carácter estructural que ofrece una explicación más amplia de los modos diferenciales de enfermar en mujeres y hombres, considerando el contexto sociocultural en que se desenvuelven y el sistema social de relaciones establecidas a partir de la interacción entre ambos, sin privilegiar a uno u otro grupo. En ese sentido, el enfoque de interseccionalidad originalmente propuesto por Crenshaw y desarrollado por autores como Hankivsky propone que para dar cuenta de la complejidad de los fenómenos sociales, es fundamental el análisis de la interacción simultánea de diversos factores sociales en distintos niveles.

Resultan ejemplares las palabras que desde ATELSAM hacen en relación con la interseccionalidad en su Guía de Salud Mental con perspectiva de género: “Las mujeres con problemas de salud mental sufren una múltiple discriminación. Por un lado, las vinculadas al mero hecho de ser mujer, el rol social y cultural que se les asigna. Por otro lado, tener una discapacidad y, por último, la imagen social estigmatizada de la salud mental con respecto a otras discapacidades físicas o intelectuales. Las mujeres con problemas de salud mental son especialmente vulnerables, en particular, sufren el riesgo de rechazo, aislamiento y exclusión social. Por tanto, estamos ante tres categorías diferentes de discriminación (mujer, discapacidad y estigma social) que interactúan de manera simultánea. A este fenómeno se le denomina interseccionalidad.” (p. 8).


Referencias:

  • Mora-Ríos, J.; Bautista, N. (2014). Estigma estructural, género e interseccionalidad. Implicaciones en la atención a la salud mental. Salud Mental, 37(4):303-312.
  • Álamo, MP. (2020). Guía  de Salud Mental con perspectiva de género. ATELSAM, Salud Mental: Tenerife.
  • Viveros, M. (2016). La interseccionalidad: una aproximación situada a la dominación. Debate Feminista, 52:1-17.

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